ROC-CHILE
Red Chilena de Objeción de Conciencia
Propuestas a considerar al momento de legislar entorno al Derecho a la Objeción de Conciencia y al Servicio Social Ciudadano Alternativo
Santiago de Chile, 3 de junio de 2006
Hace más de una década, la Red Chilena de Objeción de Conciencia (ROC-Chile) ha trabajado para que el Estado Chileno reconozca en su Legislación el Derecho Humano a la Objeción de Conciencia (OC) al Servicio Militar Obligatorio (SMO). A pesar de haber logrado que la OC fuese discutida por el Parlamento, siendo aprobada en la Cámara de Diputados, ésta se vio finalmente frustrada en la Cámara de Senadores, en el año 2005, por no tener la mayoría necesaria. En relación a que no se haya incluido tal derecho en la Ley de Modernización del SMO, el Ministro de Defensa del momento, Jaime Ravinet, declaró que el Estado quedaba en deuda con incluir este derecho.
Actualmente nos encontramos en un nuevo contexto socio-político, con un Gobierno de carácter ciudadano y un nuevo Parlamento, el cual ya no cuenta con los Senadores designados por las FF.AA., gracias a las Reformas Constitucionales aprobadas en la Legislatura anterior. Dentro de este nuevo contexto, el mismo Gobierno, en su programa, contempla “la aprobación de la objeción de conciencia y un sistema de prestaciones sociales sustitutorias”.[1] Valoramos que el Gobierno se haya comprometido con legislar entorno a la temática, y además consideramos relevante que el Gobierno hable, a la par de la OC, de Servicio Social Ciudadano Alternativo al SMO (SSCA), concretizándose, esto ultimo, en una de las 36 medidas que el Gobierno debería llevar a cabo en sus primeros 100 días: “Crearemos un programa de Servicio Ciudadano como alternativa al servicio militar obligatorio. Este programa generará un espacio de interacción de jóvenes de distinto origen social y aporte servicios sociales de alto impacto a la comunidad”.[2]
Hoy, faltando solo 15 días para que se cumpla la meta que se autoimpuso el Gobierno, aún no se han dado a conocer propuestas oficiales desde el Ejecutivo que vayan en dirección a legislar sobre dichas temáticas. En esta situación, valoramos que algunos Parlamentarios, encabezados por el Presidente de la Cámara de Diputados, Antonio Leal, estén proponiendo un Proyecto de Ley con el propósito de comenzar a discutir a nivel legislativo la OC y el SSCA.
Ahora bien, pensamos que para que sean coherentes, las propuestas tienen que tener los siguientes caracteres: la OC debe ser garantizada como un derecho del individuo (véase anexo 1) y no como mera causal de exclusión de una obligación jurídica. El SSCA no puede prescindir del reconocimiento del derecho a la OC (véase, como referencia, ANEXO 2); los objetores de conciencia, al rechazar el SMO, podrán elegir de defender a la Patria de una manera diferente, no a través de las armas sino a través de una acción ciudadana no-violenta de solidaridad y cooperación. Los objetores podrán hacer el SSCA en organizaciones de carácter social, entes públicos y privados sin fines de lucro, que trabajen en proyectos sociales y de utilidad publica.
Estos son espacios que permitirán a jóvenes de distinto origen social de interactuar, de crecer en nuevos ámbitos laborales, de enriquecer y concretizar sus propias habilidades y conocimientos. Además, esta experiencia consentirá a los jóvenes de sentirse involucrados en las problemáticas sociales, promoviéndose de esta forma una participación ciudadana más concreta, activa y responsable. Todo esto permitirá enfrentar dichas problemáticas de forma más democrática, en una sociedad en la cual las organizaciones sociales ya están dando respuestas en muchos sectores donde el Estado no logra llegar de manera eficiente.
[1] Programa de Gobierno 2006-2010, Michelle Bachelet, p. 102.
[2] Plan 100 días, Medida 34, Michelle Bachelet.
Propuestas a considerar al momento de legislar entorno al Derecho a la Objeción de Conciencia y al Servicio Social Ciudadano Alternativo
Santiago de Chile, 3 de junio de 2006
Hace más de una década, la Red Chilena de Objeción de Conciencia (ROC-Chile) ha trabajado para que el Estado Chileno reconozca en su Legislación el Derecho Humano a la Objeción de Conciencia (OC) al Servicio Militar Obligatorio (SMO). A pesar de haber logrado que la OC fuese discutida por el Parlamento, siendo aprobada en la Cámara de Diputados, ésta se vio finalmente frustrada en la Cámara de Senadores, en el año 2005, por no tener la mayoría necesaria. En relación a que no se haya incluido tal derecho en la Ley de Modernización del SMO, el Ministro de Defensa del momento, Jaime Ravinet, declaró que el Estado quedaba en deuda con incluir este derecho.
Actualmente nos encontramos en un nuevo contexto socio-político, con un Gobierno de carácter ciudadano y un nuevo Parlamento, el cual ya no cuenta con los Senadores designados por las FF.AA., gracias a las Reformas Constitucionales aprobadas en la Legislatura anterior. Dentro de este nuevo contexto, el mismo Gobierno, en su programa, contempla “la aprobación de la objeción de conciencia y un sistema de prestaciones sociales sustitutorias”.[1] Valoramos que el Gobierno se haya comprometido con legislar entorno a la temática, y además consideramos relevante que el Gobierno hable, a la par de la OC, de Servicio Social Ciudadano Alternativo al SMO (SSCA), concretizándose, esto ultimo, en una de las 36 medidas que el Gobierno debería llevar a cabo en sus primeros 100 días: “Crearemos un programa de Servicio Ciudadano como alternativa al servicio militar obligatorio. Este programa generará un espacio de interacción de jóvenes de distinto origen social y aporte servicios sociales de alto impacto a la comunidad”.[2]
Hoy, faltando solo 15 días para que se cumpla la meta que se autoimpuso el Gobierno, aún no se han dado a conocer propuestas oficiales desde el Ejecutivo que vayan en dirección a legislar sobre dichas temáticas. En esta situación, valoramos que algunos Parlamentarios, encabezados por el Presidente de la Cámara de Diputados, Antonio Leal, estén proponiendo un Proyecto de Ley con el propósito de comenzar a discutir a nivel legislativo la OC y el SSCA.
Ahora bien, pensamos que para que sean coherentes, las propuestas tienen que tener los siguientes caracteres: la OC debe ser garantizada como un derecho del individuo (véase anexo 1) y no como mera causal de exclusión de una obligación jurídica. El SSCA no puede prescindir del reconocimiento del derecho a la OC (véase, como referencia, ANEXO 2); los objetores de conciencia, al rechazar el SMO, podrán elegir de defender a la Patria de una manera diferente, no a través de las armas sino a través de una acción ciudadana no-violenta de solidaridad y cooperación. Los objetores podrán hacer el SSCA en organizaciones de carácter social, entes públicos y privados sin fines de lucro, que trabajen en proyectos sociales y de utilidad publica.
Estos son espacios que permitirán a jóvenes de distinto origen social de interactuar, de crecer en nuevos ámbitos laborales, de enriquecer y concretizar sus propias habilidades y conocimientos. Además, esta experiencia consentirá a los jóvenes de sentirse involucrados en las problemáticas sociales, promoviéndose de esta forma una participación ciudadana más concreta, activa y responsable. Todo esto permitirá enfrentar dichas problemáticas de forma más democrática, en una sociedad en la cual las organizaciones sociales ya están dando respuestas en muchos sectores donde el Estado no logra llegar de manera eficiente.
[1] Programa de Gobierno 2006-2010, Michelle Bachelet, p. 102.
[2] Plan 100 días, Medida 34, Michelle Bachelet.
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